No, son dos procesos diferentes. El proceso de transcripción es adelantado por el afiliado y se realiza con el fin de autorizar la expedición de las incapacidades generadas por médicos de la red de atención NO exclusiva de NUEVA EPS.
Una vez transcritas el empleador o cotizante independiente debe realizar la solicitud formal de cobro en nuestra página web www.nuevaeps.com.co, único canal habilitado para realizar el cobro de incapacidades y licencias, a través de la siguiente ruta:
*Transacciones NUEVA EPS en línea: Servicios en Línea/empleador/Solicitudes de pago.
Recuerda que la solicitud formal de cobro de incapacidades y/o licencias la debe realizar directamente el empleador y/o cotizante independiente, según lo establecido en el Decreto Ley 19 de 2012, Ley Anti trámites, artículo 121.